19/04/07
Ayer, tuvimos conocimiento a través de los medios de comunicación que un juez sobreseía una causa por malos tratos en el ámbito familiar, porque la víctima tenía estudios universitarios. Aunque parezca increíble, el titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valladolid ha archivado una denuncia por maltrato psicológico, interpuesta por una profesora de Instituto de secundaria contra su marido, con el que convivía desde hacía 17 años, por considerar "sorprendente que una mujer con alto nivel de formación y capacidad soporte durante tanto tiempo este tipo de vejaciones". Esta decisión judicial ha causado mucha polémica y ha escandalizado a algunas asociaciones de defensa de víctimas de malos tratos, que han manifestado públicamente su indignación. Sin embargo, este despropósito no puede ocultar una realidad latente: la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género no funciona, no es efectiva y no ha resuelto este grave problema.
Cuando se cumplen poco más de 2 años de su entrada en vigor, cabe preguntarse: ¿Ha servido para algo esta ley? Bueno, mejor, ¿ha servido para algo positivo?. La respuesta puede resultar ciertamente comprometida, por lo que será mejor remitirse a la estadística. En 2004, año en que entra en vigor la ley, fallecieron en España 73 mujeres, a manos de sus respectivas parejas sentimentales. En 2005, el número de víctimas descendió a 63. Según algunos, esta reducción era consecuencia directa de la aplicación de la ley. No obstante, sólo fue una ilusión. En 2006, según el Informe sobre Violencia Doméstica y de Género, publicado por el Consejo General del Poder Judicial, en España murieron por esta causa 91 personas, de las cuales 77 fueron mujeres asesinadas por sus respectivas parejas. En lo que llevamos de 2007, se pueden contabilizar más de 20 nuevas víctimas mortales.
Ayer, tuvimos conocimiento a través de los medios de comunicación que un juez sobreseía una causa por malos tratos en el ámbito familiar, porque la víctima tenía estudios universitarios. Aunque parezca increíble, el titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valladolid ha archivado una denuncia por maltrato psicológico, interpuesta por una profesora de Instituto de secundaria contra su marido, con el que convivía desde hacía 17 años, por considerar "sorprendente que una mujer con alto nivel de formación y capacidad soporte durante tanto tiempo este tipo de vejaciones". Esta decisión judicial ha causado mucha polémica y ha escandalizado a algunas asociaciones de defensa de víctimas de malos tratos, que han manifestado públicamente su indignación. Sin embargo, este despropósito no puede ocultar una realidad latente: la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género no funciona, no es efectiva y no ha resuelto este grave problema.
Cuando se cumplen poco más de 2 años de su entrada en vigor, cabe preguntarse: ¿Ha servido para algo esta ley? Bueno, mejor, ¿ha servido para algo positivo?. La respuesta puede resultar ciertamente comprometida, por lo que será mejor remitirse a la estadística. En 2004, año en que entra en vigor la ley, fallecieron en España 73 mujeres, a manos de sus respectivas parejas sentimentales. En 2005, el número de víctimas descendió a 63. Según algunos, esta reducción era consecuencia directa de la aplicación de la ley. No obstante, sólo fue una ilusión. En 2006, según el Informe sobre Violencia Doméstica y de Género, publicado por el Consejo General del Poder Judicial, en España murieron por esta causa 91 personas, de las cuales 77 fueron mujeres asesinadas por sus respectivas parejas. En lo que llevamos de 2007, se pueden contabilizar más de 20 nuevas víctimas mortales.

Parece evidente que esta ley no sólo no ha resuelto el problema, sinó que ha generado otros. El mismo informe afirma que en 2006, más de 62.000 mujeres denunciaron malos tratos, así como, más de 8.000 hombres. Actualmente, hay más de 40.000 mujeres con orden de protección. Todos estos datos han conllevado una saturación total de los juzgados de Violencia Doméstica. Un ejemplo significativo es el Juzgado de Violencia contra la Mujer de Barcelona, ubicado en la calle Venezuela nº 74. Este juzgado tiene poco más de 2 años de vida y fue creado expresamente para agilizar la tramitación de las causas de violencia de género. Dos años han sido suficientes para que el juzgado haya quedado prácticamente colapsado y su funcionamiento haya devenido precario: Escritos que se transpapelan, funcionarios que caen fulminados por ataques de ansiedad causados por el estrés, continuos cambios de personal que impiden una evolución estable de la tramitación de las causas...
Lo cierto es que esta ley no ha podido resolver el problema de la violencia doméstica, que hasta no hace mucho era un tema infravalorado y obviado. Con la presente ley, ha pasado a ser un tema, penalmente hablando, sobrevalorado. Es decir, no se ha sabido encontrar el punto medio entre ambas situaciones, dando lugar a sucesos absurdos. Por ejemplo, al tratarse de un delito que se suele cometer en la intimidad de las relaciones personales, jurisprudencia reciente admite como suficiente la declaración de la víctima, siempre que no incurra en contradicciones y un parte de lesiones para condenar al denunciado. De esta forma, tan sólo es necesario autoproducirse una lesión, basta un simple arañazo, un moratón o un mechón de pelo, ir al hospital, obtener un parte de lesiones, interponer una denuncia y mantener una declaración coherente, para que condenen a la pareja o ex-pareja... Además, habitualmente, la custodia de los hijos y el disfrute del domicilio se atribuye a la mujer. Esta circunstancia ha dado lugar a una picaresca ciertamente reprobable por parte de algunos abogados sin escrúpulos, que no dudan en aconsejar a sus clientas que pretendan separarse o divorciarse, como paso previo a la inteposición de la demanda de divorcio, que denuncien por malos tratos a sus compañeros sentimentales.
Sin duda, todo esto ha tenido que ver con la avalancha de denuncias que se ha producido en los dos últimos años. Mientras tanto, las mujeres que realmente son maltratadas y están en peligro, tienen como única protección una orden de alejamiento. Algún despistado podría pensar que una orden de alejamiento implica un plan de protección para esa ciudadana por parte de las fuerzas de seguridad del Estado. Sin embargo, una orden de alejamiento no es más que un simple papel, una triste hoja, que en ningún caso, podrá evitar que si realmente quiere, un agresor acabe con su víctima. Tal vez, se deberían probar otros medios sin duda más costosos, pero probablemente más eficaces, como podrían ser colocar dispositivos localizadores-transmisores en agresor y agredida, de modo que, automáticamente, cuando el maltratador infringiese la distancia de alejamiento, la policia tuviese conocimiento de ello.
PD: El fin de semana siguiente a la publicación de este texto, han muerto 2 mujeres más, engrosando esta trágica lista